Sanciones que pueden tener las empresas por incumplir el registro horario obligatorio

Sanciones que pueden tener las empresas por incumplir el registro horario obligatorioComo ya explicamos la semana pasada, los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social ya están empezando a realizar las primeras inspecciones de trabajo para verificar que las empresas cuentan con un adecuado control de presencia, tal y como se demanda en el nuevo registro horario obligatorio que entró en vigor el pasado 12 de mayo de 2019 a partir de la publicación en el BOE del Real Decreto-ley 8/2019.

Las máquinas de fichar se han convertido en la solución más completa y sencilla de implementar ya que permiten un registro horario completo de los empleados para cumplir con lo que indica la nueva normativa. Sin embargo, todavía hay muchas empresas que no han implementado ninguna medida. Esas empresas podrían verse sancionadas en caso de que los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social acudieran al centro de trabajo y comprobaran que, efectivamente, no existe ningún medio de registro. A continuación explicamos cuáles son las sanciones a las que se enfrentan las empresas por incumplir la nueva normativa de registro horario.

En primer lugar, las sanciones se clasifican en 3 apartados según su gravedad:

Sanciones leves

De 60€ a 625€

Las sanciones leves son aquellas que se derivan de no informar de las principales condiciones laborales o del incumplimiento en el proceso de comunicación de las mismas. Por ejemplo, por no entregar los informes de registro horario ni a los trabajadores ni a sus representantes.

Sanciones graves

De 625€ a 6.250€

Las infracciones graves se dan en aquellos casos donde se constaten irregularidades en los horarios establecidos o la realización de horas extra no computadas o pagadas.

Sanciones muy graves

De 6.250€ a 187.515

Las sanciones muy graves serán para aquellas empresas en las que se haya producido un aumento indebido de las horas extraordinarias sin que estas queden reflejadas en un cambio de tipo de contrato o bien se supere el máximo legal de 80 horas extras anuales, así como también en aquellos casos en los que no se abonen correctamente. También se considerará infracción muy grave cuando las horas extra sean realizadas por un menor de 18 años.

¿Cómo evitar las sanciones?

La mejor forma de cumplir con esta nueva ley es con la implantación de un sistema de control horario que permitirá no solo cumplir con la legislación vigente, sino también gestionar de manera eficiente los turnos, las vacaciones, las ausencias, las horas extra, etc.

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