Hace poco menos de un año, el 12 de marzo de 2019, se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. En su artículo 10, se modificaba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en materia del registro de la jornada laboral. Actualmente, conocemos esta normativa como ley de control horario.
De esta manera, quedaba estipulado que «la empresa garantizará el registro de la jornada laboral, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora […] se organizará y documentará este registro de jornada». Además, en materia de inspección, aclara que «la empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición […] de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.»
Dos meses después, el 12 de mayo de 2019, el mencionado Real Decreto-Ley entró en vigor y se estableció su obligatoriedad. Tal como mencionan los apartados 7 y 9 del artículo 34 modificado del Estatuto de los Trabajadores, a partir de ese día todas las empresas no sólo deben registrar las jornadas laborales de sus empleados, sino que además tendrán que conservar el registro de éstas durante cuatro años.
El principal beneficio que se extrae de la aplicación de este Real Decreto-Ley para los trabajadores se entiende en el marco de la explotación laboral. Al establecer la obligatoriedad del registro de entradas y salidas del lugar de trabajo, se asegura que los empleados trabajen las horas que se expresan en su contrato. Además, en el caso de hacer horas extraordinarias, éstas queden registradas y puedan cobrarlas y, por supuesto, cotizarlas. De esta manera, se persiguen contratos y situaciones laborales fraudulentas y abusivas que perjudican gravemente al trabajador.
Han pasado 8 meses desde que entró en vigor esta nueva normativa de registro del horario laboral, pero aún existen numerosas dudas entre las empresas acerca de la misma, al no conocer correctamente cómo registrar la jornada laboral de los trabajadores. Además, existe cierta incertidumbre sobre futuras modificaciones de la normativa vigente tras la formación del nuevo Gobierno de España el 8 de enero de 2020.
La Inspección de Trabajo establecerá controles del registro laboral en 2020
El pasado mes de noviembre de 2019, el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, anunció que, a partir del año 2020, comenzarían una campaña de inspección de la regulación laboral. Esta iniciativa inspectora busca afianzar la puesta en práctica de la normativa publicada diez meses atrás y asegurar que esté correctamente implantada.
Teniendo esta información en cuenta, es altamente recomendable asegurarse de mantener en orden todo lo referente al tema del registro horario de los trabajadores de nuestra empresa, a fin de cumplir la ley de control horario vigente y no incurrir en posibles sanciones no deseadas.
En esta línea, Inspección de Trabajo establece recomendaciones de cara a esta nueva campaña inspectora, de manera que puedan minimizarse las infracciones y los requerimientos por una incorrecta o nula aplicación del registro laboral en las empresas. De esta forma, se establece como prioritario que la propia empresa ponga de su parte en el cumplimiento de la ley de control horario, que actúe en consecuencia y sirva de garantía de esfuerzo. Rosa Santos, directora General de la Inspección de Trabajo de Cataluña, asegura en este sentido que lo principal que comprobarán en esta campaña de inspección es la propia voluntad de los empresarios por cumplir la ley.
Cómo registrar la jornada laboral de acuerdo con la ley de control horario
Actualmente, a pesar de llevar meses vigente la nueva normativa de regulación del control horario, existen muchas dudas al respecto. Muchas empresas no conocen la manera adecuada de registrar la jornada de los trabajadores o la manera que tienen de llevarlo a cabo no se ajusta a la ley al respecto.
La mejor solución para el control de acceso y asistencia de tu empresa está en las máquinas de fichar o relojes para fichar. Este tipo de aparatos permite controlar el horario de trabajo de tus empleados de forma fácil y cómoda. Además, su uso reporta beneficios a la empresa, como la reducción del absentismo laboral y el aumento de la competitividad positiva entre los trabajadores.
En Tsimplifica, tu tienda online de sistemas biométricos de seguridad, podrás encontrar una amplia selección de máquinas de fichar en el trabajo. La última generación de este tipo de aparatos dispone de la última tecnología del mercado en control de la jornada laboral. De esta manera, encontrarás desde máquinas de fichar por huella hasta máquinas de reconocimiento de retina, pasando por el clásico teclado.
Los sistemas de control de acceso de Tsimplifica trabajan a través de un software 100% web desarrollado para la gestión de accesos y gestión de los terminales. De esta forma, podrás mantener un control centralizado del estado de los accesos de los trabajadores a la empresa. Así, podrás realizar seguimientos y registrar la jornada laboral de los empleados de manera fácil y cómoda.
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Si te preocupa no saber utilizar de las máquinas de fichar y aparatos de control de jornada o no hacer un uso que se ajuste a la normativa de éstos, no tienes nada de lo que preocuparte.
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Ya sabes, este año 2020 no permitas que una inspección te pille por sorpresa y confía en las máquinas de fichar y sistemas de control de presencia de Tsimplifica.